Micelio
Auto4 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante León Moncaleano William Fernando·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda
  • Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Requisitos de procedencia
  • Incumplimiento de la carga argumentativa
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque la demanda subsanada incumplió los requisitos mínimos establecidos en el Decreto Ley 2067de 1991 y desarrollados por la jurisprudencia constitucional y, en consecuencia, los cargos corregidos no eran claros, ciertos, específicos, pertinentes, ni suficientes, por cuanto el actor retomó los argumentos de la demanda original.

La Sala Plena de la Corporación encontró que el recurso interpuesto no cumplió con el presupuesto de carga argumentativa y que el demandante no ofreció razones para demostrar que el magistrado sustanciador hubiese cometido un error, olvido o arbitrariedad cuando profirió la providencia de rechazo.

Con base en lo anterior se RECHAZÓ la súplica impetrada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, el recurso de súplica formulado por el ciudadano William Fernando León Moncaleano en contra del auto del 16 de julio de 2025 que rechazó la demanda presentada en el expediente D-16.583.
  2. Segundo. A través de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de la decisión al demandante e indicar que contra esta no procede recurso alguno.
  3. Tercero. Una vez ejecutoriada la presente providencia, ARCHIVAR el expediente D-16.583.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.